Sentencia a favor de Preferentista contra Bankia

 

En esta ocasión, además se acumula el hecho de que como en otros casos, el ofrecimiento de la orden de compra de preferentes, coincide con el momento de vencimiento de un plazo fijo anterior, momento en el que el cliente recibe una llamada de la entidad para ofrecer este nuevo producto «más rentable» y supuestamente recuperable, aunque posteriormente se ha sabido que en la mayoría de las ocasiones la duración del mismo ha tenido un carácter PERPETUO, como en el presente caso. Hecho este que el Juzgador no ha pasado por alto.

Son todas estas cuestiones, junto con la circunstancia de que los clientes del despacho no tenían conocimientos en materia financiera, lo que lleva al Juez a declarar la NULIDAD RELATIVA POR ERROR EN EL CONSENTIMIENTO, de la orden de compra referida a «Participaciones preferentes Caja Madrid 2009», acordando la restitución recíproca entre las partes de las prestaciones, es decir, Bankia queda obligada desde el momento de la firmeza de la Sentencia al abono a los clientes del importe de los 1.400 títulos, y el cliente a devolver los intereses que se habían generado.

Si se encuentra en una situación parecida a la de este caso, si siente que ha sido engañado por una entidad bancaria, no dude en ponerse en contacto con nosotros.

 

 

 

 

 

{aridoc engine=»google» width=»550″ height=»450″} http://www.garciapiabogados.es/images/archivos/20131203SENTENCIAPREFERENTESBANKIA0001.pdf {/aridoc}

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.