El Tribunal de Justicia de Justicia de la Unión Europea en su Sentencia de fecha 27 de febrero de 2014, ha anulado el denominado “Céntimo Sanitario”, que específicamente se denominaba Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos (IVMDH), y que entró en vigor en el 2002, desapareciendo en enero 2013.
Esta Sentencia permite recuperar el impuesto indebidamente abonado, existiendo dos medios:
a) Solicitud de Devolución de Ingreso Indebido ante la Agencia Tributaria, la prescripción es de cuatro años.
b) Reclamación de Responsabilidad Patrimonial.
TEXTO COMPLETO DE LA SENTENCIA