Cotización nuevos y antiguos becarios.

Tras la Sentencia de de 21 de mayo de 2013, dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo (http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2013-7021), por la que se declara la nulidad del RD 1707/2011, de 18 de noviembre, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, hace que sea nuevamente de aplicación lo dispuesto en el RD 1493/2011 (http://www.boe.es/boe/dias/2011/10/27/pdfs/BOE-A-2011-16819.pdf) , que hacía obligatoria la cotización de los Becarios.

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Ley de Apoyo a los Emprendedores

 

 

En el año 2.014 entran en vigor el mayor número de novedades fiscales, judiciales, económicas, de la Seguridad Social y mercantiles derivadas de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internalización.

Sin ánimo de ser exhaustivos nos limitaremos en este artículo a destacar cuáles son las medidas concretas con las que se pretende apoyar al autónomo  y a las empresas de menor volumen de facturación.

Y así, podemos señalar:

Régimen especial del Criterio de Caja del IVA. Los emprendedores con un volumen de facturación inferior a 2 millones de euros podrán optar por no ingresar el IVA repercutido hasta el momento en que hayan cobrado la factura. En sentido contrario solamente podrán deducir el IVA soportado en las adquisiciones cuando las hayan pagado a sus proveedores. Para poder acogerse a este régimen especial se deberá comunicar a la Administración Tributaria en el mes de diciembre anterior al ejercicio en que se quiera aplicar.

Reducciones en las cotizaciones a los Nuevos autónomos mayores de 30 años. También procederá una reducción de cuotas a la Seguridad Social, durante 18 meses, para aquellos trabajadores por cuenta propia que causen alta por primera vez en el Régimen de Autónomos o no hubiesen estado de alta en los últimos cinco años. Las reducciones serán:

  • Del 80% de la cuota mínima durante 6 meses: aproximadamente 52 €/mes.
  • Del 50% de la cuota mínima durante 6 meses posteriores: aproximadamente 147 €/mes.
  • Del 30% de la cuota mínima durante otros 6 meses posteriores: aproximadamente 170 €/mes.

Reducción de las cuotas a la Seguridad Social para autónomos pluriempleados. En este caso está prevista una reducción en las cantidades a abonarse, y para los trabajadores que coticen a la Seguridad Social por el Régimen General de trabajadores por cuenta ajena y simultáneamente también por el de por Cuenta Propia o Autónomos.

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